Arrendamientos rústicos

ARRENDAMIENTOS RÚSTICOS

La Ley 49/2003 de arrendamientos rústicos se aplica en todo el territorio nacional, sin perjuicio de la normativa de aplicación preferente que dicten las comunidades autónomas con competencia en materia de derecho civil, foral o especial. en derecho rustico le asesoraremos en materia de arrendamientos rústicos en todo el territorio nacional y ajustando la materia arrendaticia a la legislación aplicable en cada comunidad autónoma. Entre otros servicios, Derecho Rustico provee los siguientes:

  • Contratos de arrendamiento Rústico (contratos de cultivo: aprovechamiento agrario, pecuario o forestal)
  • Contrato de Aparcería
  • Contratos de Masoveria
  • Contrato alquiler finca rústicas para Parques Eólicos o Fotovoltaicos
  • Inscripción de los contratos en el Registro de Arrendamientos Rústicos
  • Resoluciones de contratos

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